SEÑORES Y
SEÑORAS TRABAJADORES: SI USTED FUE DESPEDIDO CON UNA CAUSA QUE LE IMPUTA LA
EMPRESA Y ESA CAUSA ES FALSA, O ES UNA CAUSA QUE NO ES GRAVE O ES UNA CAUSA QUE
YA FUE SANCIONADA, O DIRECTAMENTE USTED FUE DESPEDIDO SIN NINGUNA CAUSA, DEBE
RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN QUE LE CORRESPONDE POR UN DESPIDO INJUSTIFICADO, YA
QUE CUANDO EL DESPIDO ES SIN CAUSA O CUANDO LA CAUSA UTILIZADA NO JUSTIFICA EL
DESPIDO EL EMPLEADOR DEBE PAGA LA INDEMNIZACIÓN POR EL DESPIDO. MAS DE 10 AÑOS
DEFENDIENDO A LOS TRABAJADORES.
SOMO ABOGADOS LABORALES EXPERTOS EN LA SOLUCIÓN DE LOS RECLAMOS
LABORALES.
TENEMOS EXPERIENCIA, EFICIENCIA Y RESPONSABILIDAD.
NOS DISTINGUE EL RESPETO Y LA CORDIALIDAD, ESTOS SON LOS PILARES FUNDAMENTALES
DE NUESTRO ESTUDIO JURÍDICO LABORAL.
Usted debe saber que será nulo todo contrato por el cual las partes hayan
procedido con simulación o fraude a la ley laboral, sea aparentando normas
contractuales no laborales, interposición de personas o de cualquier otro
medio. En tal caso, la relación quedará regida por esta ley
También debe saber el despido debe fundarse en hechos presentes y no pasados,
por cuanto se considera ámbito del contrato de trabajo, las supuestas
inconductas o supuestos incumplimientos a los deberes laborales que se le puede
imputar al trabajador , deben estar revestidos de una gravedad de tal
naturaleza que hicieran imposible la prosecución del vínculo laboral
POR ESO, NO LO PIENSE MAS Y RECLAME LOS DERECHOS QUE LE CORRESPONDEN.
USTED PUEDE CONTAR CON NOSOTROS PARA RECLAMAR LA CORRECTA Y COMPLETA
INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO.
ADEMAS PUEDE RECLAMAR EL PAGO DE LA INDEMNIZACIÓN
POR:
A) indemnización por despido
B) indemnización por trabajo en negro
C) indemnización por accidentes de trabajo
D) indemnización por enfermedad originada en el trabajo
E) art
F) licencia por enfermedad
G) indemnización por acoso laboral
H) horas extras impagos
I) suspensiones
J) diferencias de salarios
K) indemnización por despido por maternidad
L) indemnización por despido por matrimonio
M) indemnización por despidos por enfermedad
N) modificación de las condiciones laborales
ESTAMOS EN CAPITAL FEDERAL, ZONA ONCE.
AVENIDA CORRIENTES 1922
ATENDEMOS DE 10 A 20 HS. DE LUNES A VIERNES
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