Señor trabajador, defienda sus derechos, defiéndase de su empleador,
si usted fue despedido de su empleo, hay algo que debe usted tener bien
presente, para poder defenderse y poder reclamar sus derechos laborales. Debe
prestar mucha atención a lo que se dispone en el Art. 242 de la ley 20.744, ya
que este artículo establece que el empleador podrá hacer denuncia del contrato
de trabajo en caso de inobservancia por parte del trabajador de las obligaciones resultantes del mismo que
configuren injuria y que, por su gravedad, no consienta la prosecución de LA
RELACIÓN JURÍDICA LABORAL.ESTO QUIERE DECIR
QUE EL EMPLEADOR PUEDE DESPEDIR AL TRBAJADOR QUE HAYA COMETIDO INJURIA GRAVE,
ES DECIR QUE HAYA COMETIDO UN ACTO DE TAL GRAVEDAD QUE JUSTIFIQUE EL DESPIDO Y
EL EMPLEADOR EN ESE CASO NO DEBERIA PAGAR INDEMNIZACION LABORAL.(SALVO QUE NO
PUEDA DEMOSTRAR LOS HECHOS QUE LE IMPUTA AL TRABAJADOR )
NUESTRA GARANTIA: SOLO LE
COBRAMOS AL FINALIZAR EL RECLAMO LEGAL CUANDO USTED RECIBE SU INDEMNIZACION
ATENDEMOS EN AVENIDA CORRIENTES
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