jueves, 29 de julio de 2021

 SEÑOR TRABAJADOR: Cuando una cuestión no pueda resolverse por aplicación de las normas que rigen el contrato de trabajo o por las leyes análogas, se decidirá conforme a los principios de la justicia social, a los generales del derecho del trabajo, la equidad y la buena fe.

ATENDEMOS EN NUESTRO ESTUDIO SITO EN LA CALLE. Avenida Corrientes 1922, piso 9, oficina 91


, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina
, ZONA ONCE DE LUNES A VIERNES EN EL HORARIO DE 10 A 20 HS, SÁBADOS Y DOMINGOS NO ATENDEMOS


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